TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA TITULAR Nº 03. Mérida, cinco (05) de Febrero del año dos mil diez.

199º y 150º


VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: HEIDY YETZALY HERNADEZ y RAINES ALEXANDER BRICEÑO CABELLO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs V-16.200.787 y V-15.621.256, auxiliar de Preescolar y obrero en su orden, domiciliados la primera en la Avenida 6, Agua de Urao, detrás del Colegio Ciudad de Lagunillas, casa s/n y el segundo domiciliado en la Avenida las Palmas mas abajo del liceo Luis Enrique Márquez Barillas, Lagunillas Municipio Sucre, en su condición de padres y representantes legales del ciudadano niño: OMITIR NOMBRE, de un (01), años de edad, por ante la Defensa Pública de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Mérida mediante expediente interno Nº 03-498-09; quienes convinieron voluntariamente en establecer un Régimen de Convivencia Familiar a favor de su hijo en los siguientes términos: El padre pasará alternadamente los sábados una semana y los domingos la semana siguiente con el niño, llevándolo un pariente de la madre al domicilio del padre, los días sábados o domingos (dependiendo de la semana) a las 9 a.m y lo buscará de regreso a las 6 de la tarde. Visita ésta que se excepciona en caso de enfermedad del niño o fuerza mayor. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden Público, sino que al contrario beneficia al ciudadano niño: OMITIR NOMBRE, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos HEIDY YETZALY HERNADEZ y RAINES ALEXANDER BRICEÑO CABELLO, plenamente identificados en autos, en beneficio del niño OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa Juzgada.
LA JUEZA TITULAR Nº 03.


ABOG. MARIA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA

LA SECRETARIA TITULAR


ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sría.-

ZGR/22839