REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA

Mérida, 18 de febrero de 2010

ASUNTO PRINCIPAL: LP01-P-2007-002633
ASUNTO : LP01-P-2007-002633


Visto el escrito que antecede suscrito por el Abg. Carlos Manuel Sgambatti, actuando con el carácter de defensor del penado AVENDAÑO ZAMBRANO HECTOR GUSTAVO, en el que expone: “… solicito a favor del mismo la practica de todas las diligencias necesarias, en especial la designación de un equipo multidisciplinario que emita un pronóstico sobre el comportamiento futuro del penado con la finalidad que SE CONCEDA EL DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO como formula alternativa de cumplimiento de pena”.

El tribunal de conformidad con el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal publica el auto de redención de la pena, con los fundamentos de derecho que seguidamente se establece:


Antecedentes
El 07 de abril de 2009, el Tribunal de Control N° 03, en audiencia preliminar condena al ciudadano HECTOR GUSTAVO AVENDAÑO a cumplir pena de OCHO (8) AÑOS, OCHO (8) MESES, QUINCE (15) DÍAS Y CUATRO (4) HORAS DE PRISIÓN mas las accesorias de ley por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE AGRAVADO y CONTINUADO previsto y sancionado en el articulo 260 en concordancia con el primer y segundo aparte del articulo 259 del la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente unido al articulo 99 del Código Penal Venezolano en perjuicio de adolescente.
Fundamentos de Derecho
Al actualizar el computo de pena cumplida por el penado tenemos: que fue detenido el “23 de enero de 2008”, manteniéndose en dicha circunstancia hasta el día de hoy inclusive 17.02.10, es decir, que ha estado privado de la libertad por el lapso de: dos (2) años, veinticinco (25) días; más la redención de fecha 11.l.2010, por diez (10) meses y veintiséis (26) días, se obtiene un total general de DOS (2) AÑOS, ONCE (11) MESES, VEINTIUN (21) DIAS, de pena cumplida, lo cual representa más 1/3 de la pena cumplida, para optar a REGIMEN ABIERTO.


Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA realizar el tramite necesario, para que HECTOR GUSTAVO AVENDAÑO pueda optar a REGIMEN ABIERTO, en consecuencia ordena oficiar: 1.- A la Dirección del Centro Penitenciario solicitando clasificación de mínima seguridad. 2.- A la Unidad Técnica solicitando Informe Técnico. 3.- Al penado oferta de Trabajo. 4.- Al Ministerio Popular para el Interior y Justicia, antecedentes penales. Notifíquese a las partes.

EL JUEZ,


ABG. JOSE GERARDO PEREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA

ABG. JANETH FERNANDEZ
Se libró oficio N° __________________ Boletas de Notificación Nos. _________________________________________.-