REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial del Estado Mérida
Mérida, 4 de Febrero de 2010
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : LL01-P-2000-000018
ASUNTO : LL01-P-2000-000018
ACTUALIZACIÓN DE CÓMPUTO DE PENA
Por cuanto este Juzgado Segundo de Ejecución recibió Recurso de Revisión procedente de la Corte de Apelaciones de éste Circuito Judicial Penal en la causa que se le sigue a la penada MAIDY YARLEY GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, nacida en fecha 29-11-1979, de 31 años, titular de la cédula de identidad No. V-16.679.165, domiciliada en la Urbanización Los Curos, Parte Alta, Vereda 25, Casa No. 08, Mérida, Estado Mérida, Esta juzgadora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a expedir el presente cómputo actualizado de pena, para lo cual observa:
De la revisión de las actas se constata que:
PRIMERO: La ciudadana MAIDY YARLEY GONZÁLEZ (identificada en autos) fue condenada a cumplir la pena de catorce (14) años, seis (06) meses, tres (03) días y dieciocho (18) horas de presidio, por la comisión de los delitos de Homicidio Calificado y Resistencia a la Autoridad, pena que fue reformada en recurso de revisión por la Corte de Apelaciones de éste Circuito Judicial Penal, en decisión de fecha 21-01-2010, a ONCE (11) AÑOS, VEINTISIETE (27) DÍAS Y UNA (01) HORA de prisión.
SEGUNDO: Cómputo actualizado de pena. A tal efecto, tenemos:
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman la presente causa y verificados los extremos legales pertinentes, este Tribunal Segundo de Ejecución observa que ciertamente, la penada de autos fue detenida preventivamente el día: 03-04-2000, permaneciendo privada de su libertad, hasta la presente fecha (03-02-2009) inclusive, es decir, tiene un tiempo de pena cumplida hasta la presente fecha igual a nueve (09) años, diez (10) meses de presidio. lo que se le suma la redención de pena de fecha 31-10-2008 de: dos (02) meses y diez (10) días , y la redención de pena de la presente decisión de: un (01) año, tres (03) días y doce (12) horas, todo lo cual sumatiene un total de pena cumplida de: once (11) años, trece (13) días y doce (12) horas, que al ser descontado de la pena impuesta de: ONCE (11) AÑOS, VEINTISIETE (27) DÍAS Y UNA (01) HORA, da como resultado, una pena pendiente por cumplir igual a TRECE (13) DÍAS Y TRECE (13) HORAS. Pena que se cumple en forma definitiva el día: 17 DE FEBRERO DE 2010 A LA 1:00 DE LA TARDE. Así se declara.
Queda así actualizado el cómputo de pena en la presente causa, conforme al artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
Por todos las consideraciones precedentes, este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 479, numeral 1° 482 del vigente Código Orgánico Procesal Penal, actualiza el computo de pena a la penada, MAIDY YARLEY GONZÁLEZ, identificada en autos, y declara que hasta la presente fecha un total de pena cumplida de: once (11) años, trece (13) días y doce (12) horas, que al ser descontado de la pena impuesta de: ONCE (11) AÑOS, VEINTISIETE (27) DÍAS Y UNA (01) HORA, da como resultado, una pena pendiente por cumplir igual a TRECE (13) DÍAS Y TRECE (13) HORAS. Pena que se cumple en forma definitiva el día: 17 DE FEBRERO DE 2010 A LA 1:00 DE LA TARDE. Así se declara. Y ASÍ SE DECLARA.
Remítase con oficio copia certificada de la presente decisión a la Dirección de la Cárcel Nacional de Maracaibo, al Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial de Maracaibo (tribunal vigilante) a los fines de que notifique a la penada. Notifíquese a la defensa y a la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público de esta Entidad Federal. Librese la boleta de libertad dirigida a la Dirección de la Cárcel Nacional de Maracaibo para que se haga efectiva el día 17 DE FEBRERO DE 2010 A LA 1:00 DE LA TARDE. Así se declara. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. ALIDA M. TORCATTI BERROTERAN
LA SECRETARIA
ABG. LUCIA LEÓN.
En fecha______________ se dio cumplimiento con lo ordenado y se libraron boletas de notificación Nros. ____________________________________________________ y oficio N° ____________________________. Conste. La Secretaria.-