REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2007-002800
ASUNTO : LP11-P-2007-002800
EJECÚTESE DE SENTENCIA.
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Absolutoria, dictada por el Tribunal de Juicio N°- 03 de este Circuito Judicial penal del Estado Mérida, extensión el Vigía de fecha 19-01-2010, inserta a los folios del 350 al 365, a favor del Ciudadano VÍCTOR ENRIQUE MENDOZA BALLENA, suficientemente identificado en autos y recibido, en fecha 09-02-2010, como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. --------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: Se ORDENA la DESTRUCCIÓN de las siguientes Evidencias, las cuales se encuentran identificada según experticia de Reconocimiento Legal Nº- 9700-230-AT-035 inserta al folio 15 de la causa, consistente en : Una camisa con etiqueta identificativa donde se lee “ Rodeo Club”, Un pantalón tipo Jeans color verde, Una piedra natural color amarillo, Un pico de botella con inscripción Polar ICE, las mismas deberán ser destruidas en la sede del CICPC, Delegación el Vigía Estado Mérida, debiendo el Jefe de dicha Institución enviar a este Tribunal a la brevedad posible copia del acta de Destrucción, para otorgar el finiquito correspondiente, so pena de incurrir en desacato. -------------------------------
Notifíquese a la Fiscal XXII del Ministerio Público Y ofíciese al Jefe del CICPC, Delación el Vigía Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los artículos antes señalados y en los 2, 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Cúmplase.
El JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01.
ABG. JESUS AQUILES FAJARDO.
LA SECRETARIA.
ABG