REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2009-001137
EJECÚTESE DE SENTENCIA
Por cuanto, se recibió la presente causa procedente del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, con oficio N° LJ11OFO2009004403, a los fines de ejecutar la decisión de fecha 07 de octubre de 2009, mediante la cual, se acuerda el comiso y destrucción de un arma de fuego y entrega de un objeto (folios 147 al 154).En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, procede al EJECÚTESE DE LA SENTENCIA, en los siguientes términos:PRIMERO.-: Se ordena el comiso y destrucción de: 1.- Un arma de fuego, Tipo Pistola, Marca WALTHER, Modelo LPP, Calibre 7,65 ó .32, pavón negro, serial 464296, fabricación Alemana.2.- Un (01) Cargador de forma rectangular, elaborado en metal, capacidad ocho (08) balas, calibre 7,65 ó .32.3.- Tres (03) balas para arma de fuego 7,65 ó .32., de fuego central, maraca “PMC”Los objetos señalados, fueron Reconocidos Legalmente mediante Experticia Nº 9700-067-DC1457 fecha 04-07-09, suscrita por el funcionario KLEBER ANTONIO RIVAS MESA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Mérida. (Folio 63 al 65). Expediente Fiscal N° 14-F7-519-09. Investigación Nº I-131-904. SEGUNDO.-: Se ordena la entrega al ciudadano: JORGE ELIECER ANGULO PEÑA de los siguientes objetos:1.- Un (01) bolso elaborado en material sintético, color negro, con la lectura ABISMO, en regular estado de conservación.2.- Un (01) artefacto eléctrico denominado DVD, color blanco, marca CYBERLUX, código de barra N° DVD-317-WNCX-03461. 3.- Un (01) regulador de voltaje, color negro, marca HP serial N° 5203397101. 4.- Una (01) camisa, color azul, marca FERDI JM, talla S, con un distintivo con la lectura COLEGIO PRIVADO ROMULO GALLEGOS.Los objetos antes mencionados, fueron Reconocidos Legalmente mediante Experticia Nº 9700-230-AT-0413 fecha 02-06-09, suscrita por el funcionario LUIS SANCHEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación EL Vigía. (Folio 15 y 16). Expediente Fiscal N° 14-F7-519-09. Investigación Nº I-131-904. En tal sentido se ordena librar el correspondiente oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada (DARFA), el arma de fuego, el cargador y las tres balas anteriormente descritas en el apunte “PRIMERO” de la presente decisión, a los fines de su destrucción, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley para el Desarme. Así mismo, proceda a la entrega de los objetos contenidos en el apunte “SEGUNDO”, al ciudadano JORGE ELIECER ANGULO PEÑA. Igualmente, se ordena notificar al ciudadano JORGE ELIECER ANGULO PEÑA, a los fines de informarle se dirija Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, para que le sean entregados los objetos supra descritos en el apunte “SEGUNDO”. Se hace constar que mediante el oficio correspondiente, se insta al Jefe del mencionado Organismo Investigativo, proceda informar a este Tribunal sobre las resultas de lo ordenado, todo a los fines de proceder enviar el presente Asunto al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.
JUEZA DE EJECUCIÓN Nº 02
ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DIAZ
SECRETARIO