JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Dieciocho de Febrero de dos mil diez.-

199º y 150º


Exp. Nº 7428
SOLICITANTES: LUIGI GREGORIO TANZELLA RANGEL Y YEIMMY CAROLINA SERNA DUARTE.

MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS DE MUTUO CONSENTIMIENTO

Vista la anterior diligencia, suscrita por los ciudadanos LUIGI GREGORIO TANZAELLA RANGEL Y YEIMMY CAROLINA SERNA DUARTE, en su condición de solicitantes de la separación de cuerpos, debidamente asistido de abogado, donde suscribe el desistimiento del procedimiento y la acción en la presente causa, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de PROCEDIMIENTO CIVIL en concordancia con el 365 ejusdem, este Tribunal ante lo expuesto por la parte Actora acuerda y así procede a la HOMOLOGACION de su petitorio, en tal sentido se le imparte el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
LA JUEZ


ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA

LA SECRETARIA,

ABG, SUSANA EVELIA PARRA.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado

LA SECRETARIA