REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veinticuatro de febrero de dos mil diez.-
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentada por la ciudadana LUCELY CORREA DE CHAVEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.185.851, de este domicilio y hábil, actuando en nombre y representación de su legitimo hijo DAVID ANTONIO CHAVEZ CORREA, debidamente asistida por la Abogada GISELL MELANIA MONCADA CAICEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 128.023. Contra: JOSE GREGORIO DURAN QUIÑONES, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.412.9223, de este domicilio y hábil por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio y la cuantía, es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, En consecuencia, se ordena la citación del demandado ciudadano JOSE GREGORIO DURAN QUIÑONES, antes identificado, para que comparezcan por ante este Tribunal en el SEGUNDO día de despacho siguiente a que conste en autos la citación que del demandado se haga, en horas de despacho, a fin dar contestación a la demanda que hoy se providencia. Compúlsese el libelo de la demanda con su orden de comparecencia al pie de la misma, y anéxesele copia fotostática certificada del libelo de la demanda y remítase al Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua a los fines de que el Alguacil de ese Juzgado practique la citación. En cuanto a la medida solicitada, por auto separado se resolverá lo conducente.
LA JUEZA,
DRA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA,
ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha, se formó expediente, se le dio entrada bajo el Nro. ________ se libraron recaudos de citación y se remitieron al Juzgado de los Municipios Campo Elías y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con oficio Nº 2710-
LA SECRETARIA,