REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Veinticinco de Febrero de Dos Mil Diez.

199º y 150º

Por recibido, la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley. En consecuencia, vista la anterior solicitud, interpuesta por la ciudadano LUCIO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.453.722, domiciliado en la ciudad de Mèrida, Estado Mèrida y civilmente hábil, asistido por el Abogado HERNAN ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.053.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.388, mediante la cual solicita se le declare Título Supletorio de Propiedad sobre unas mejoras consistentes en una casa de habitación, de tres (3) habitaciones, cocina, baño, comedor, recibo, con paredes de bloque, piso de cemento y techos de acerolit, e igualmente dichas mejoras consisten también en plantaciones de café y árboles frutales, las cuales se encuentran en La Meza Aldea El Arenal del (Extinto) Municipio Arias, actualmente del Municipio Libertador del Estado Mérida. A la presente fecha el terreno tiene una dimensión de Setecientos Sesenta y Nueve Metros con Treinta y cuatro Centímetros Cuadrados (769,34 mts2) según plano topográfico, y forma parte de terreno de de mayor extensión de propiedad privada, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Colinda con terrenos del ciudadano José Nemesio Salas Alarcón, con una extensión de Cuarenta y Ocho Metros con Cuarenta y Nueve Centímetros ((48,49Mts2). SUR: Colinda Con la ciudadana María Elena Quintero de quintero, en una extensión de Doce metros con Cuarenta Centímetros (12,40Mts2); con Jean Carlos Rojas Espinoza en una extensión de cinco Metros con Noventa Centímetros (5,90Mts.); con Jairo Avendaño Castellanos, en una extensión de Trece Metros con Sesenta Centímetros (13,60 Mts); y Dionicia Rangel Quintero, en una extensión de Diez Metros con Quince Centímetros (10,15Mts.). ESTE: Colinda con terreno del ciudadano Nemesio Salas Alarcón, en una extensión de Trece Metros con Seis Centímetros (13,6 mts) y OESTE: Colinda Con Camino Real, en una extensión de Catorce metros con Ochenta Centímetros (14,80Mts). El tribunal la ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio, la cuantía y la materia, por atribución asignada en la resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, publicada en gaceta oficial el 02 de Abril del año 2010. En consecuencia, se exhorta a la parte interesada a que indique los nombres de los testigos, a los fines de fijar dia y hora para oír a los testigos en la oportunidad legal.
LA JUEZ:
DRA. FRANCINA M. RODULFO A.
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se formó solicitud, se admitió y se le dio entrada bajo el N° _____________.
LA SECRETARIA,