REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Cinco de Febrero de Dos Mil Diez.
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentada por el ciudadano GERARDO ALFONSO MORENO VETENCOURT, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. 8.012.565, de este domicilio y hábil, actuando en nombre y representación de la ciudadana MARIA AUXILIADORA MORENO DE DINI, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nº 5.206.620, de este domicilio y hábil, asistido por los abogados NESTOR ALIRIO VENEGAS y MARIO DIAZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 8.006.806 y 15.517.806, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 97.021 y 109.857 y hábiles, contra: JAIRO JOSÉ BURGUERA MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.018.670, de este domicilio y hábil; por DESALOJO, artículo 34 literal “A” de la LEY DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIOS, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del Territorio y la cuantía, es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, En consecuencia, se ordena la citación del demandado ciudadano JAIRO JOSÉ BURGUERA MORA, antes identificado para que comparezca por ante este Tribunal en el SEGUNDO día de despacho siguiente a que conste en auto su citación, en horas de despacho, a fin de dar contestación a la demanda que hoy se providencia. Compúlsese el libelo de la demanda con su orden de comparecencia al pie de la misma, y anéxesele copia fotostática certificada del libelo de la demanda y entréguese al Alguacil del despacho, a los fines de que practique su citación.
LA JUEZ:
DRA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha, se formó expediente, se le dio entrada bajo el Nro._____________ y se libraron recaudos de citación.
LA SECRETARIA.