REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, seis (06) de julio de dos mil diez (2.010)
200º y 151º
ASUNTO: LP21-L-2010-000212
ACTA DE DESISTIMIENTO
PARTE ACTORA: YENNY LISBETH CHACON CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.357.297, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ANA ALICIA LEAL MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 131.590.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “ELECTRONICA AVANTEC, C.A”, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 49, Tomo 18-A, de fecha 11 de abril de 2.003.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
En el día hábil de hoy seis (06) de julio de dos mil diez (2010), siendo las nueve de la mañana (9:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, se deja expresa DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE YENNY LISBETH CHACON CHACON, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200 ° y 151°.
LA JUEZ TITULAR,
ABG. YAJAIRA COROMOTO ROJAS DE RAMÍREZ
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ
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