REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación.
Mérida, veintidós (22) de Julio de Dos Mil Diez.

200º y 151 º
Expediente Nro. 21953
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: KARINA DEL CARMEN BALZA LEZAMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V.14.738.325, domiciliada en el Sector Raúl Leoni, Segunda Etapa, bloque 9, edificio 2, apartamento 03-02, Maracaibo, Estado Zulia
ABOGADO ASISTENTE: MAGDA COLINA BORRERO, Fiscal Trigésima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Sistema de Protección de Niños, Niñas, Adolescentes y Familia.
DEMANDANDA: JOSE MANUEL MARTINEZ PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V.15.516.890, domiciliado en la Urbanización Israel, Santa María Norte, casa Nº 7, Calle Principal, el Amparo, Mérida, Estado Mérida.
ABOGADAS APODERADAS: MARINA DELGADO CARRUYO DE AVILA y MAHUAMPY RONDON FARIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.166.874 y V-7.620.948, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 21.737 y 112.371, respectivamente.
NIÑO: OMITIR NOMBRE, de ocho (08) años de edad.
ASUNTO: RESTITUCIÓN DE CUSTODIA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
DETERMINACIÓN PRELIMINAR DE LA CAUSA
Aprehende el conocimiento de la presente acción por el motivo de Restitución de Custodia, este Tribunal en virtud de escrito presentado en fecha veintidós (22) de octubre de dos mil ocho (2008), incoada por la ciudadana Karina del Carmen Balza Lezama, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V.14.738.325, en contra del ciudadano José Manuel Martínez Pereira, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V.15.516.890, debidamente asistida por la profesional en derecho ciudadana Magda Colina Borrero, en su condición de Fiscal Trigésima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Sistema de Protección de Niños, Niñas, Adolescentes y Familia.
Ahora bien, evidencia esta jurisdicente que desde el día 15 de julio de 2009, hasta la presente fecha transcurrió más de un (01) año después de la última actuación sin que la parte accionante hiciere actuación alguna en el presente procedimiento a los fines de impulsarlo, estando subsumida la presente causa en el supuesto normativo previsto en el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil que en su encabezamiento reza: (sic)
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del juez después de vista la causa no producirá la perención.…”.
Siendo que el efecto jurídico de la inactividad procesal es sancionada por la Ley con la perención de la instancia, es por lo que, lo procedente en derecho es declarar la perención de la instancia y en consecuencia, la extinción del presente procedimiento por el motivo de Restitución de Custodia, incoado por parte de la ciudadana Karina del Carmen Balza Lezama, en contra del ciudadano José Manuel Martínez Pereira, y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Así se decide.
DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar la Perención de la Instancia y en consecuencia, se extingue el presente procedimiento por el motivo de Restitución de Custodia incoado por parte de la ciudadana Karina del Carmen Balza Lezama, en contra del ciudadano José Manuel Martínez Pereira.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en Mérida, a los veintidós (22) días del mes de julio del dos mil diez (2010).

La Jueza

Abg. Gladys Yolanda Jaspe

La Secretaria


Abg. Ana Leonor Peña Rojas


Exp. 21953
GYJ / Asim