REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 30 de Julio de Dos Mil Diez.
200º y 151 º
Revisado como ha sido el presente expediente, y vista el acta inserta al folio 31, suscrita por la ciudadana NELLY CONSUELO PEÑA MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.715.955, asistida por la abogada EDDYLEIBA BALZA PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.077, quien en su condición de Fiscal Auxiliar Novena Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando conforme a las atribuciones de ley y en interés de los ciudadanos adolescentes y niña OMITIR NOMBRES, de quince (15), trece (13) y diez (10) años de edad, en la cual solicita el cierre de la presente causa, por cuanto llego a un acuerdo con el progenitor de sus hijos, ciudadano GERARDO ARANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.086.472; en consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: El cierre y archivo del presente expediente Nº 22615 SDEMANDANTES: ARANDA GERARDO ANTONIO y PEÑA MENDEZ NELLY CONSUELO. MOTIVO: HOMOLOGACION REGIMEN CONVIVENCIA FAMILIAR (MODIFICACION). PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA DE PROTECCION ESTADO MERIDA. FECHA DE ENTRADA: 28-10-2009. CÚMPLASE.
LA JUEZA
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
FM/22615
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