REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio
Mérida, ocho de julio de dos mil diez.

200º y 151 º
Revisado como ha sido el presente expediente, y vista las actas que anteceden al presente auto, insertas a los folios 90 al 93, levantadas a los ciudadanos: JHONN LUIS GAVIDIA SUAREZ, MARIA ROSALVA QUINTERO, en su condición de padres y presentantes legales de la ciudadana DAMARIS DEL CARMEN GAVIDIA QUINTERO, y del adolescente OMITIR NOMBRE, en la cual exponen que los motivos que originaron la presente causa cesaron, y solicitan el cierre y archivo del expediente, en consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: El cierre y archivo del presente expediente Nº 14288 DEMANDANTE: MARIA ROSALVA QUINTERO, DEMANDADO: JHONN LUIS GAVIDIA SUAREZ. MOTIVO: FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. PROCEDENCIA: PARTICULAR. FECHA DE ENTRADA: 10/05/2.006. CÚMPLASE.

LA JUEZA

ABOG. MARÍA ISABEL ROJAS DE ECHEVERRIA

LA SECRETARIA

ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior

LA SRIA


PJPP/14288