REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 7 de julio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-000574
Visto en audiencia especial con comparecencia de todas las partes, el cumplimiento de todas las condiciones impuestas al imputado de autos YOSNEY AMAYA AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número 16.063.027, obrero, domiciliado en Tucani del estado Mérida, en fecha 14 de abril de 2009 por este Tribunal de Control, al momento de acordar Suspensión Condicional del Proceso por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de La Ley Orgánica Sobre El Derecho de La Mujer a Una vida Libre de Violencia, en perjuicio de Jessica Andreina Andara Araujo, así como también se observó, el informe conductual definitivo librado por la delegada de pruebas Criminóloga Yesenia Yairy Pereira, en virtud del cual recomienda como favorable la valoración y seguimiento realizado al comportamiento del imputado, lo que originó que el Ministerio Público solicitara el sobreseimiento del proceso a favor y beneficio del imputado up supra identificado determinó, que el petitorio fuera acordado con lugar en la definitiva.
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÙMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÙNICO: El Sobreseimiento del presente procedimiento a favor y beneficio del imputado de autos YOSNEY AMAYA AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número 16.063.027, obrero, domiciliado en Tucani del estado Mérida, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de La Ley Orgánica Sobre El Derecho de La Mujer a Una vida Libre de Violencia, en perjuicio de Jessica Andreina Andara Araujo, con fundamento a los artículos 45, 48.7, 318.3 todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ASÌ SE DECIDE. Cúmplase. Ofíciese lo pertinente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia de esta decisión.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA.

EL JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL NÙMERO UNO.

ABG. RAÙL EDUARDO USECHE PERNÌA.
LA SECRETARIA

ABG. MILAGRO ARANDA VIVAS
En fecha______________ se cumplió con lo ordenado mediante oficios Nos:_________________________________________________________. Sria.-