REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintiuno de julio de dos mil diez.
200° y 151°
Estando dentro del lapso legal en el presente juicio, agréguese a los autos de conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil el escrito mediante el cual la parte DEMANDANTE promueve pruebas dentro del lapso de Promoción de Pruebas, ante la secretaria de este Juzgado. En tal sentido, agréguese a los autos el escrito de pruebas presentado por la abogada en ejercicio SONIA MERCEDES SÁNCHEZ ESCALANTE, en su condición de de co-apoderada judicial de la parte actora, ciudadana MARÍA PATRICIA BURGUERA CORREA, en fecha 13 de julio de 2010, constante de un (01) folio. Cúmplase. Igualmente, este Tribunal deja constancia expresa, que no se agregan pruebas de la parte demandada, por cuanto la misma no promovió prueba alguna.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se agregó al presente expediente el escrito de promoción de prueba presentado por la parte ACTORA. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/yp.-