REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE.
EL
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, ocho (08) de julio de dos mil diez (2010).
200° y 151°
Visto el convenimiento suscrito entre las partes ciudadanos ROSA EMILIA ANTEQUERA NARVAEZ Y LUIS ENRIQUE SOTO, parte demandada, asistidos por la Abogado GLADYS RAMONA MERCHAN ROMERO, titular de la Cédula de Identidad N° V.-7.068.138, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.036 y la Abogado AIDA RAMONES BLANCO, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil Seventten Collection C.A., en fecha siete (07) de junio de dos mil diez (2010), y que corre inserto al folio veintiuno (21) y su vuelto del Cuaderno de Mandamiento de Ejecución, realizado por el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego Naguanagua, y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Este Tribunal HOMOLOGA la misma, impartiéndole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y hágase entrega del instrumento cambiario que formó parte en el presente juicio a la parte demandada y se ordena el archivo definitivo del expediente. CUMPLASE.-

JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO

SECRETARIA
AB. SORAYA VILLAMIZAR GARCIA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
SRIA.

AJOB/jhp.

LA SUSCRITA SECRETARIA JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CERTIFICA: Que la anterior copia es fiel y exacta de su original que se encuentra en el expediente N° 814-09. DEMANDANTE: ABG. GONMAR GONZALO PEREZ MENDOZA, APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA SEVENTEEN COLLECCTION C.A. DEMANDADOS: ROSA EMILIA ANTEQUERA NARVAEZ Y LUIS ENRIQUE SOTO. MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Certificación que hago en El Vigía, a los ocho (08) día del mes de julio de dos mil diez (2010).



SECRETARIA
AB- SORAYA VILLAMIZAR GARCIA