REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veintidós de Junio de dos mil diez.-

200º y 151º


Vista la anterior diligencia suscrita por la abogada ELBA ALICIA URDANETA CALLES, en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandante, y vencido como se encuentra el lapso establecido a la parte demandada para que diera cumplimiento voluntario a la entrega del inmueble, tal y como se comprometió en el convenimiento celebrado, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 526 en concordancia con lo establecido en el artículo 528 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la ejecución forzosa de la misma. En tal sentido este despacho constata que efectivamente dicho convenimiento se encuentra en fase de Ejecución y de conformidad con lo establecido en el artículo 526 y 528 del Código de Procedimiento Civil vigente se ordena librar el correspondiente MANDAMIENTO DE EJECUCION a cualquier Tribunal de la República. En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena a la parte demandada, Ciudadanos GONZALEZ PETIT HECTOR ARMANDO Y FERNANDEZ VALECILLO YANET DEL CARMEN, hacer entrega a la parte actora, Ciudadana CARMEN DIAMARY CACERES AGELVIS Y/O SU APODERADO JUDICIAL, EL Inmueble consistente en un apartamento distinguido con el Nro. 2-D, piso 2, integrante del edificio Residencias “El Tepuy” y su respectivo puesto de estacionamiento signado con el Nro. 2-D, ubicado en la Avenida Monseñor Duque de la ciudad de Ejido, Jurisdicción de la Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, totalmente desocupado, libre de personas y bienes y totalmente solvente en cuanto a los servicios públicos. Líbrese el correspondiente Mandamiento de Ejecución y entréguese al interesado.
JUEZ


ABG. FRANCINA M. RODULFO A.

LA SECRETARIA:


ABG. SUSANA E. PARRA

En la misma fecha se libró el correspondiente Mandamiento de Ejecución.

LA SECRETARIA: