En horas de despacho del día de hoy Jueves (15) de Julio de Dos mil Diez (15-07-2010) siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a cargo del suscrito Juez Temporal, Abogado Jhonny Carmelo Dugarte Contreras, la Secretaria Temporal Abogada Luz Mar Sánchez de García y el Alguacil Hílber Valladares, en dos anexos que forman parte de un inmueble consistente en una vivienda ubicada frente a la calle Bolívar, Nº 71, Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida; a fin de practicar la Medida DE SECUESTRO decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Tovar según expediente civil N° 8391. Demandados: ADRIAN GOMEZ CONTRERAS, JOSÉ ADRIAN GOMEZ RAMOS, EMMA ROSARIO CONTRERAS DE GOMEZ NESTOR JOSÉ C, Y MANUEL A. GOMEZ., Demandantes: ABG. CARLOS A. CONTRERAS apoderado judicial de los ciudadanos GERARDO ENRIQUE GOMEZ RAMOS Y CARLOS ENRIQUE GOMEZ ORTIZ Motivo: QUERELLA INTERDICTAL DE DESPOJO. Seguidamente se encuentra presente el ciudadano Abogado: CARLOS A. CONTRERAS venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.038.176, Inpreabogado N° 78.603, quien funge como: Apoderado Judicial de la parte Demandante, los ciudadanos: GERARDO ENRIQUE GOMEZ RAMOS Y CARLOS ENRIQUE GOMEZ ORTIZ. Seguidamente se encuentra presente el ciudadano: JOSÉ ADRIAN GOMEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.446.954; co demandado, quien fue notificado de la misión del Tribunal y permitió el acceso voluntario al mismo. En este estado solicito el derecho de palabra el ciudadano CARLOS AUGUSTO CONTRERAS en su carácter de Apoderado judicial de los demandantes y concedido como le fue expuso: “Solicito muy respetuosamente de este tribunal se sirva practicar la medida de Secuestro lo que respecta sobre los anexos que forman parte de un inmueble consistente en una vivienda ubicada frente a la calle Bolívar Nº 71 de la nomenclatura de la población de Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, propiedad de la ciudadana NANCY COROMOTO GOMEZ DAVILA; el primer anexo ocupado por el ciudadano GERARDO ENRIQUE GOMEZ RAMOS, constituido por los dos locales comerciales con sus respectivos baños que como anexos se encuentran localizados en la planta baja del inmueble perfectamente identificados en cuanto a sus linderos medidas y superficie de conformidad con el documento de propiedad que anexo, y el segundo anexo ocupado por el ciudadano CARLOS ENRIQUE GOMEZ ORTIZ, constituido por una habitación con área de servicio para deposito, localizada específicamente en la parte posterior del local donde funciona la emisora de radio KANDELA 98. 3, localizado en la segunda planta de la vivienda anteriormente descrita propiedad de la ciudadana antes descrita según documento protocolizado en la oficina de Registro Publico del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida en fecha 9 de Febrero de 2010. bajo el Nº 2010.19, Asiento Regístral 1 del inmueble matriculado con el Nº 369.12.11.1.362 y correspondiente al libro del folio Real del año 2010. dados en alquiler según contratos privados. así mismo se sirva nombrar y juramentar depositario judicial”, es todo. En este estado hizo acto de presencia el ciudadano abogado OLEG ALBERTO OROPEZA MUÑOZ, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 6.350.489 inpreabogado Nº 51.164. quien asistirá al ciudadano JOSÉ ADRIAN GOMEZ RAMOS , y quien solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: con fundamento en el Articulo 602 y 607 del Código de Procedimiento Civil; me opongo como en efecto lo hago en este acto a la medida de SECUESTRO decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Tovar según expediente civil N° 8391. Demandados: ADRIAN GOMEZ CONTRERAS, JOSÉ ADRIAN GOMEZ RAMOS, EMMA ROSARIO CONTRERAS DE GOMEZ NESTOR JOSÉ C Y MANUEL A. GOMEZ., Demandantes: ABG. CARLOS A. CONTRERAS apoderado judicial de los ciudadanos GERARDO ENRIQUE GOMEZ RAMOS Y CARLOS ENRIQUE GOMEZ ORTIZ Motivo: QUERELLA INTERDICTAL DE DESPOJO, ya antes señalado al cual se contrae la comisión solicito a este digno tribunal ejecutor se sirva decretar la figura del deposito necesario y designe al ciudadano JOSÉ ADRIAN GOMEZ RAMOS, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 5.446.954; En este estado toma la palabra el abogado CARLOS AUGUSTO CONTRERAS (antes identificado) quien expuso: Acepto la designación del ciudadano y solicito al tribunal proceda a realizar la respectiva juramentación. En este estado el Tribunal procede a designar y a juramentar al ciudadano JOSÉ ADRIAN GOMEZ RAMOS, quien acepto el cargo y juro cumplir fielmente con las obligaciones del mismo. Seguidamente este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA formal y solemnemente SECUESTRADO los anexos del inmueble y procede hacerle entrega de los anexos anteriormente señalados en la presente comisión al ciudadano Depositario anteriormente designado y juramentado. Este tribunal deja constancia, de que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y que por esta actuación no se cobro tasa, arancel ni emolumento alguno, dada la gratuidad de la justicia de acuerdo a lo establecido en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se procedió a dar lectura al acta y no habiendo objeciones a la misma, el Tribunal ordena el regreso a su sede natural siendo la una y treinta minutos de la tarde (01:30 pm). Es todo, se leyó y conforme firman: EL JUEZ. ABG. JHONNY C. DUGARTE CONTRERAS. EL ALGUACIL: HÍLBER VALLADARES. LA SECRETARIA TEMPORAL. ABG. LUZ MAR SANCHEZ. POR LA SEGURIDAD DEL TRIBUNAL P.M PEREZ SANDRO RAMÓN; QUIÑONEZ ZERPA JOSÉ BAUDILIO; FERREIRA SERRANO MARINEE DEL VALLE. PARTE DEMANDANTE: ABG. CARLOS AUGUSTO CONTRERAS CHACON APODERADO JUDICIAL. PARTE DEMANDADA: JOSÉ ADRIAN GOMEZ RAMOS. ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: OLEG ALBERTO OROPEZA MUÑOZ.
EL JUEZ. ABG. JHONNY C. DUGARTE CONTRERAS.
PARTE DEMANDANTE: ABG CARLOS AUGUSTO CONTRERAS CHACON APODERADO JUDICIAL
PARTE DEMANDADA NOTIFICADA: JOSÉ ADRIAN GOMEZ RAMOS
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: OLEG ALBERTO OROPEZA MUÑOZ
POR LA SEGURIDAD DEL TRIBUNAL P.M
PEREZ SANDRO RAMÓN;
QUIÑONEZ ZERPA JOSÉ BAUDILIO;
DISTINGUIDO. FERREIRA SERRANO MARINEE DEL VALLE
EL ALGUACIL: HILBER VALLADA RES.
LA SECRETARIA TEMPORAL ABOGADA. LUZ MAR SANCHEZ
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