REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 29 de junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2009-002604
Vista la solicitud formulada por la defensa del imputado de autos, en virtud de la cual solicita la ampliación del régimen de presentación impuesto por este Tribunal al momento de la audiencia de presentación, por cuanto este ha cumplido con la misma hasta la fecha del día de hoy, así como también, por cuanto el imputado de autos tiene que viajar frecuentemente por razones de trabajo, para decidir, el Tribunal hace la siguiente consideración.
Se reviso a través del sistema Juris 2000 el régimen de presentación y se determinó, que el imputado de autos se ha presentado once veces de manera continua y consecutiva de la forma como se le impuso, razón por la cual la revisión de la medida y su ampliación deberá acordarse en la definitiva, toda vez que con su cumplimiento lo hace merecedor de la ampliación solicitada.
En consecuencia de la consideración anterior, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÙMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSIÒN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE La REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
ÙNICO: CON LUGAR, la solicitud formulada por la defensa del imputado de autos HUGO CONTRERAS PERNÌA, de revisión y ampliación del régimen de presentación con fundamento al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y se cambia el régimen de presentación a una vez cada cuarenta y cinco días todos los días lunes, por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía.
Publíquese y Notifíquese el contenido de la presente resolución.
El Juez de Control Numero Uno.
Abogado Raúl Eduardo Useche Pernía.
La secretaria de Control Número Uno.
Abogada Milagro Aranda Vivas.
En fecha _________se cumplió con la acordado en la decisión. Boleta No.____________Oficio No._______________
SIRIA.