GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ.
200 y 151
Vista la diligencia presentada en fecha 08 de junio de 2010, por la abogado Ambar Lorena Angulo Zambrano, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 116.441, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en sustitución de poder que le fuera otorgado por el apoderado judicial de la Empresa Seventeen Colletions C. A., abogado Gonmar Pérez; mediante la cual desiste de la presente causa en el juicio con la nomenclatura de este Tribunal Nro. 9613-2008. DEMANDANTE: EMPRESA SEVENTEEN COLECTIONS C. A., (APODERADO JUDICIAL ABG. GONMAR PEREZ MENDOZA). DEMANDADO(S): MARBELLIS PEROZSA Y MARIA DE LOS ANGELES PEROZA. MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION. TRIBUNAL: PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL. EL VIGIA.- FECHA DE ENTRADA: 19-06.2008. Este Tribunal previo análisis de las actas que conforman el presente expediente, observa:
El presente juicio se trata de Cobro de Bolívares Vía Intimatoria, y de la revisión del expediente se puede constatar que la parte actora tiene capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y el desistimiento versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el presente desistimiento y en consecuencia procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, devuélvase original de la letra de cambio, que se encuentra en la bóveda del Tribunal. ASÍ SE ESTABLECE.
EL JUEZ,
JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA,
ABG. NORIS BONILLA VARGAS.
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