GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, SIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ.
200 y 151
Vista la diligencia presentada en fecha 02 de junio de 2010, por la ciudadana Tereza de Jesús Medina Zambrano, cedulada con el Nro. 7.781.905, parte demandante en el presente juicio, asistida por las abogados Magaly Pulido Guillén y Dunia Chirinos Laguna, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nro. 25.409 y 10.469 en su orden, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, en el presente juicio con la nomenclatura de este Tribunal Nro. 10097-2010. DEMANDANTE: TEREZA DE JESUS MEDINA ZAMBRANO. DEMANDADO: SANDRA CONTRERAS CAMPO, MARISELA CONTRERAS DE FUENTES Y ELVIS JOAN CONTRERAS CAMPO. MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA. TRIBUNAL: PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL. EL VIGIA.- FECHA DE ENTRADA: DIA. 04-02-2010. Este Tribunal previo análisis de las actas que conforman el presente expediente, observa:
El presente juicio se trata de Acción Mero declarativa, Reconocimiento de Unión Concubinaria, y de la revisión del expediente se puede constatar que la parte actora tiene capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y el desistimiento versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con el artículo 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el presente desistimiento y en consecuencia procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE ESTABLECE.
EL JUEZ,

JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIÉRREZ
LA ----------------
SECRETARIA,

ABG. NORIS BONILLA VARGAS