REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RANGEL Y CARDENAL QUINTERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Santo Domingo, diez (10) de junio del año dos mil diez----------------------------------

200º y 151º

Por recibido el presente oficio Nº 2730-205 de fecha 08 de junio de 2010, procedente del Tribunal de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el cual solicita de este juzgado se sirva remitir la Comisión contentiva del embargo Preventivo, enviada a este Despacho anexa al oficio Nº 2730-313 de fecha 02 de diciembre de 2009, el cual fue librado en el Expediente Nº 265, llevado por dicho Tribunal y en donde las abogadas YURMARY RAMIREZ SALCEDO y MERARI SARAI VERGARA CARRILLO, Demandan al ciudadano RIGOBERTO ZERPA ZERPA por Cobro de Bolívares Vía Intimatoria. En tal sentido este Tribunal Ejecutor de Medidas acuerda conforme a lo solicitado y ordena remitir las actuaciones contenidas en la Comisión Nº 174-2010-2010, nomenclatura de este Juzgado Ejecutor de Medidas, al Tribunal Comitente, tal y como fue solicitado por el mismo. La Juez Titular Ejecutora de Medidas, Abogada IVAL EYILDA ROLDAN RONDON. (Fdo) ilegible. Se deja constancia que se encuentra estampado en tinta el sello del Tribunal. El Secretario Titular. Abogado ESEQUIEL ÁNGEL MARTÍNEZ (Fdo) ilegible.-----------------------------------------------------------

En la misma fecha del auto anterior se cumplió con lo ordenado, se remite constante de veintiocho (28) folios útiles, anexa al oficio Nº 0059, quedando anotada su salida bajo el Nº 180 del libro respectivo.- El Secretario Titular, Abogado ESEQUIEL ANGEL MARTINEZ. Se deja constancia que se encuentra estampado en tinta el sello del Tribunal.

Expediente Nº 265
Motivo: Cobro de Bolívares Vía Intimatoria
Demandante: Abogadas Yurmary Ramírez S. y Merari Vergara Carrillo
Demandado: Rigoberto Zerpa Zerpa
Comisión Nº 174-2010
Medida: Embargo Preventivo