REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, dieciséis (16) de marzo de dos mil diez (2.010)
199º y 151º

ASUNTO: LP21-L-2009-000507


ACTA DE DESISTIMIENTO


PARTE ACTORA: CLORYMAR DEL VALLE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.294.986, de este domicilio.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA VIRGINIA PERNIA RAMIREZ, ANA BEATRIZ CIRIMELE, ANA LEAL, NANCY CALDERON, JHOR ANGEL FAJARDO MEDINA, LUIS ZAMBRANO, HENRY RODRIGUEZ Y RONALD CALDERON, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 70.173, 69.755,69.952, 91.089, 103.174, 109.925, 91.088 y 108.464, en su orden.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A”, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 53, Tomo 73, de fecha 14 de noviembre de 1.996.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.


En el día hábil de hoy dieciséis (16) de marzo de dos mil diez (2.010), siendo las nueve de la mañana (9:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDANTE CLORYMAR DEL VALLE RODRIGUEZ, ni por si, ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199 ° y 151°.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ TITULAR,


ABG. YAJAIRA ROJAS DE RAMÍREZ


LA SECRETARIA


ABG. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ