REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.
SALA DE JUICIO EL VIGÍA.
El Vigía, diecisiete (17) de Marzo de dos mil diez (2010)
199º y 151º
Vista el acta de fecha dieciséis (16) de noviembre de 2009, la cual riela al folio treinta y seis (36) del presente expediente, día y hora fijados por el Tribunal para la comparecencia del adolescente OMITIR NOMBRE, de dieciséis (16) años de edad, y la ciudadana MARBELYS DEL CARMEN TOBAR GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.532.858; se abrió el acto previa las formalidades de ley, se le concedió el derecho de palabra al adolescente OMITIR NOMBRE, quien expuso: que quiere ir a donde su tía pero solamente en vacaciones y los fines de semana para no quedarse en esos días encerrado. Seguidamente se le tomo el derecho de palabra a la ciudadana MARBELYS DEL CARMEN TOBAR GONZÁLEZ, quien expuso: que esta de acuerdo en hacerse cargo de su sobrino, la mamá de él es su hermana pero hace muchos años que no sabe nada de ella y ni siquiera sabe si aún vive. Se encontró presente la Trabajadora Social del IDENA, ciudadana GREICI MENDOZA, quien expuso: que solicita que sea revocada la Medida de Protección del adolescente OMITIR NOMBRE, para que así se logre la reinserción familiar con su tía. En fecha ocho (08) de marzo de dos mil diez (2010), se ha recibido del IDENA, oficio Nº EA-V-19-24-8547-2010, mediante el cual solicita la Revocatoria de la Medida de Protección del adolescente antes mencionado. Este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, REVOCA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, del adolescente OMITIR NOMBRE, de dieciséis (16) años de edad, de la Unidad de Protección Integral Varones El Vigía (IDENA), dictado por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sala de Juicio. Juez Nº 03, de fecha nueve de junio dos mil tres (09-06-2003), de conformidad con lo establecido en el Artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y se ACUERDA: la entrega a su tía materna ciudadana MARBELYS DEL CARMEN TOBAR GONZÁLEZ, plenamente identificada en autos. Se ordena oficiar a la Coordinador del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, Unidad de Atención Integral (Varones) El Vigía (IDENA), a fin de informarles la entrega inmediata del adolescente OMITIR NOMBRE, de dieciséis (16) años de edad, a su tía materna ciudadana MARBELYS DEL CARMEN TOBAR GONZÁLEZ. Líbrese oficio. CÚMPLASE.-------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NAYARIB MONSALVE UZCATEGUI
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sria
Exp. Nº 0432
Ghuizap.-
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