REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, Veintidós (22) de Marzo de dos mil Diez.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
199º y 151º
Vista la solicitud de Separación de Cuerpos de fecha 08 de febrero del año dos mil diez, presentados por los ciudadanos JOSE ORLANDO LOPEZ VIELMA Y MILAGROS JANETH VARELA DE LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, entre si, titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.020.318 y Nº V-16.039.688, en su orden, domiciliados en La Población de La Azulita, Jurisdicción del Municipio Andrés bello del Estado Mérida, asistidos por la abogada en ejercicio MARYS XIOMARA ALBARRAN DE OCARIZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-6.025.265, inscrito en el inpreabogados bajo el Nº 21.895. La Jueza después de haber hecho a los exponentes: JOSE ORLANDO LOPEZ VIELMA Y MILAGROS JANETH VARELA DE LOPEZ, las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil y el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia y como los exponentes dicen que es su propósito Separarse de Cuerpos, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en vigencia el Régimen Familiar y Económico que se han impuesto. Conforme a la presente solicitud que riela al folio 02 Vto, del Expediente Nº 6062, expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto, para ser entregadas a cada uno de los interesados. CÚMPLASE.------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL.
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA.
JOSE ORLANDO LOPEZ VIELMA .
JANETH VARELA DE LOPEZ.
MARYS XIOMARA ALBARRAN DE OCARIZ
ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA TITULAR.
ABG. NAYARIB MONSALVE U.
EXP. 6062.