REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 18 de Marzo de 2010
199º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2010-000860
ASUNTO : LP01-P-2010-000860
RESOLUCIÒN JUDICIAL
Vista la audiencia celebrada el hoy viernes 16 de Mazo del año dos mil diez (2010), fijada por el Tribunal, para llevar a efecto la audiencia de Calificación de Flagrancia, en la presente causa, seguida en contra del ciudadano LEON ARAUJO SINFORIANO DE JESUS, por la presunta comisión del delito de POR LA COMISIÓN DEL DELITO PREVISTO Y SANCIONADO EN LA LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en perjuicio DEL ESTADO VENEZOLANO.
Este Tribunal de Control N° 05, de este Circuito Judicial Penal, procede de conformidad con los artículos 173 y 177 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a dictar auto fundado en los siguientes términos:
DE LA SOLICITUD FISCAL
ABG. ERIKA FERNANDEZ, quien procedió a relatar las circunstancias de modo, tiempo y lugar, en que se sucedieron los hechos delictivos, en fecha 14/03/2010. Solicito de conformidad con el articulo 71.2 de la Ley Orgánica contra el Trafico y consumo Ilícito de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, la Fiscalía solicita la aplicación de una medida de seguridad consistente en cura o desintoxicación por ante la Fundación José Félix Ribas por el lapso de un año, en virtud que están llenos d los extremos del articulo 105 ejusdem, visto el resultado de la experticia toxicológica positivo para marihuana, la droga incautada es un exigua cantidad y la experticia psiquiatrica arroja como conclusión dependencia a la marihuana del imputado de autos, y de conformidad con el articulo 119 la destrucción de la Droga.
DE LOS HECHOS
1.- Consta en Acta Policial: suscrita por los funcionarios policiales Inspector Jefe Clemente García, Inspector José Alarcón y Detective Miguel Ángel Ramírez, Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida, en fecha catorce (14) de Marzo del año 2010, “ siendo aproximadamente las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 AM) a fin de dar cumplimiento a operativo de seguridad, cuando se desplazan por el Sector Los Curos, Parte Alta , Sector C, avistaron adyacente al modulo de servicio Chichuy, cerca de la cancha deportiva El Andinito, a tres (03) ciudadanos adultos de sexo masculino, quienes al observar la comisión asumieron una actitud sospechosa, siendo abordados por los funcionarios actuantes, solicitándoles la documentación personal, manifestando ser y llamarse como : 1) ZAMBRANO CAMACHO MIGUEL ANGEL, 2) LOBO PEREZ JUAN CARLOS, 3) LEON ARAUJO SINFORIANO DE JESUS, al realizar la inspección personal a cada uno de los ciudadanos, obteniendo como resultado que el ciudadano LEÓN ARAUJO SINFORIANO DE JESUS, tenia en el bolsillo trasero derecho de su pantalón, un (01) envoltorio de papel periódico de pequeño tamaño, contentivo en su interior de restos vegetales de presunta droga. (…)”
DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN
1.- Acta policial de fecha 14/03/2010, suscrita por los funcionarios policiales Inspector Jefe Clemente García, Inspector José Alarcón y Detective Miguel Ángel Ramírez, Adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Mérida, (folio 08 Vto.)
2.- Inspección 1.338, de fecha 14/03/2010, realizada por los funcionarios adscritos al Cuerpo de investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Mérida, Agentes de Investigación Inspector jefe Clemente García , Inspector Alarcón Peña José y Detective Miguel Ramírez , en la cual dejan constancia de las características del lugar en el cual ocurrieron los hechos. ( folio 09 Vto.)
3.- Registro de Cadena de Custodia Nº 2010-031, de fecha 14/03/2010 (Folio 11)
4.- Acta de Entrevista policial al ciudadano MIGUEL ANGEL ZAMBRANO CAMACHO, venezolano, natural de Mérida Estado Mérida, de 49 años de edad, Titular de la cedula de identidad Nº V- 8.037.531, fecha de nacimiento 08/07/1960, de profesión albañil, estado civil soltero, residenciado en Los Curos Parte Alta, Bloque 31, edificio 01, apartamento 03-01, Parroquia JJ Osuna Rodríguez, Municipio Libertador Estado Mérida. (Testigo) (folio 12)
5.- Acta de Entrevista policial al ciudadano LOBO PEREZ JUAN CARLOS, venezolano, natural de Mérida Estado Mérida, de 27 años de edad, Titular de la cedula de identidad Nº V- 17.239.425, fecha de nacimiento 13/07/1982, de profesión albañil, estado civil soltero, residenciado en Los Curos Parte Alta, Sector “C”, adyacente al modulo de servicio Chichuy, Municipio Libertador Estado Mérida. (Testigo) (folio 13)
6.- Experticia Toxicología in Vivo Nº 460 de fecha 14/03/2010 (positivo en orina marihuana y raspado de dedos) realizada a León Araujo Sinforiano de Jesús (folio 18)
7.- Experticia Botánica - Barrido Nº 9700-067-459 de fecha14/03/2010, (positivo marihuana 01 Gramos con 500 Miligramos) (folio 19 Vto.)
8.- Acta de investigación Penal, de fecha 14/03/2010, Registros policiales del investigado (no presenta) (Folio 20)
9.- Experticia Psiquiátrico, de fecha 15/03/2010, Nº 9700-154-P-260, realizada a León Araujo Sinforiano de Jesús. (folio 32 Vto.)
DE LA MEDIDA DE SEGURIDAD
En el caso de autos, resulta procedente habida cuenta de la solicitud verbal en la audiencia, la aplicación de la medida acuerda la medida de seguridad solicitada por la Fiscalía Décimo Sexta del Ministerio Publico, consistente en MEDIDA DE CURA y DESINTOXICACION, por ante la Fundación José Félix Rivas de esta ciudad de Mérida por el lapso de UN (01) AÑO a partir del día de hoy hasta el 16 de marzo del 2011, así mismo deberá presentar constancia de estar acudiendo, todo de conformidad con el articulo 71 numeral 2 de la Ley Orgánica contra el Trafico y consumo Ilícito de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas. Así mismo se acuerda Oficiar lo conducente. Una vez firme la presente decisión se acuerda remitir al Tribunal de Ejecución de este Circuito Judicial Penal que corresponda por distribución. Así se declara.
DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: El Tribunal acuerda la medida de seguridad solicitada por la Fiscalía Décimo Sexta del Ministerio Publico, consistente en MEDIDA DE CURA y DESINTOXICACION, por ante la Fundación José Félix Rivas de esta ciudad de Mérida por el lapso de UN (01) AÑO a partir del día de hoy hasta el 16 de marzo del 2011, así mismo deberá presentar constancia de estar acudiendo, todo de conformidad con el articulo 71 numeral 2 de la Ley Orgánica contra el Trafico y consumo Ilícito de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas. Así mismo se acuerda Oficiar lo conducente.
SEGUNDO: Se acuerda librar boleta de libertad.
TERCERO: Se ordena la destrucción de la droga de conformidad con el artículo 119 de la Ley Especial que rige la materia.
Regístrese, publíquese y remítase la presente causa al Tribunal de Ejecución. Cúmplase.
JUEZ EN FUNCIONES DE CONTROL Nº. 05,
ABG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
LA SECRETARIA