REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, SANTA CRUZ DE MORA, DIECINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIEZ.
199° Y 151°
Vista la Solicitud que da inicio a las presentes actuaciones; relacionada con declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada por los ciudadanos: JOSE ALBERTO ZAMBRANO BAENA, LUZ KARINE ZAMBRANO BAENA, CARLOS EDUARDO ZAMBRANO BAENA, PAOLA ANDREINA ZAMBRANO VARGAS Y NORIS MARIA BAENA ZAMBRANO, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-14.255.982, V-14.255.983, V-16.908.207, V-18.578.172 y V-23.226.407 respectivamente y con domicilio en jurisdicción del Municipio Antonio Pinto Salinas, en su condición de Hijos Y Concubina, del ciudadano: JOSE ELIBERTO ZAMBRANO DURAN (fallecido). El Tribunal a los fines de resolver hace las siguientes consideraciones: Consta en autos: Copias de Cédulas de Identidad del Decuyus ciudadano José Eliberto Zambrano Durán y los ciudadanos: José Alberto Zambrano Baena, Luz Karine Zambrano Baena, Carlos Eduardo Zambrano Baena, Paola Andreina Zambrano Vargas y Noris María Baena Zambrano inserta en los folios (4, 5, 6, 7, 8 y 9) de las presente actuaciones; Acta de Defunción de el ciudadano: JOSE ELIBERTO ZAMBRANO DURAN, de fecha 21 de Mayo de 2006 (21-05-2006), inserta ante el Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el Nº 632, que corre inserta al folio Diez (10) de las presentes actuaciones; Actas de Nacimiento de los ciudadanos: José Alberto Zambrano Baena, Luz Karine Zambrano Baena, Carlos Eduardo Zambrano Baena, Paola Andreina Zambrano Vargas, inserta en los folios (12, 13, 14 y 15) de las presentes actuaciones; Constancia de Concubinato de los ciudadanos NORIS MARIA BAENA ZAMBRANO y JOSE ELIBERTO ZAMBRANO DURAN, expedida por el Registro Civil Principal del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida de fecha 14 de Abril de 2009 inserta en el folio (16), así como el justificativo de testigos, promovido y evacuado por ante este Tribunal, en fecha 18 de Marzo de 2010 y cumplidas como han sido las formalidades de ley al respecto, ESTE JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO AD-PERPETUAM MEMORIA, para asegurarle a los ciudadanos: JOSE ALBERTO ZAMBRANO BAENA, LUZ KARINE ZAMBRANO BAENA, CARLOS EDUARDO ZAMBRANO BAENA, PAOLA ANDREINA ZAMBRANO VARGAS Y NORIS MARIA BAENA ZAMBRANO, venezolanos, , titulares de las cédulas de identidad Números V-14.255.982, V-14.255.983, V-16.908.207, V-18.578.172 y V-23.226.407 respectivamente, en su condición de Hijos y Concubina respectivamente, y con domicilio en la población de Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, que son los “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del causante JOSE ELIBERTO ZAMBRANO DURAN, quien era, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-635.568, quien estuvo domiciliado en esta Población de Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, y que falleció Ab-intestato el día 21 de Mayo de 2006 (21-05-2010) en el Instituto Autónomo Hospital Universitario de Los Andes, Municipio Libertador del Estado Mérida, según acta de defunción la cual corren agregadas al folio Diez (10) de la presente solicitud. Quedan a salvo los derechos de terceras personas, déjese constancia de lo actuado en el libro diario de este Juzgado y copia fotostática simple del mismo en el archivo de este Tribunal, entréguese original a los interesados. Déjese transcurrir, el lapso legal de apelación de conformidad con el artículo 896 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA TITULAR
ABG. ENID DEL VALLE RAMÍREZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. YERIS CARRERO MARQUEZ
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