JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Diez de Marzo de Dos Mil Diez.

199° y 151°

Por cuanto el Tribunal observa que la ciudadana LISBETH UZCATEGUI, fue legalmente citada, como consta en el folio seis (06), como consta en diligencia de fecha 23 de Febrero de 2010, es por lo que este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 1364 del CODIGO CIVIL, en concordancia con los artículos 631, primer aparte y 899 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, declara RECONOCIDO el documento privado de fecha 29 de Septiembre del 2009, el cual se refiere a un ACTA DE TERMINACION DE OBRA, y que obra inserta al folio 02 de las presente actuaciones.

LA JUEZA,


ABG./POL. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.


LA SECRETARIA TEMPORAL


ABG. XIOMARA GOMEZ M.

LA SECRETARIA,