REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Cinco de Marzo de Dos Mil Diez.

199° y 151

Vista la anterior diligencia de fecha 24 de Febrero de 2010, suscrita por la abogada BETY JOSEFINA RONDON, donde manifiesta que la parte demandada no dio cumplimiento voluntario al convenimiento suscrito entre las partes y que fue homologado por este Tribunal en fecha 26 de Octubre de 2009, y vencido el lapso establecido para dicho cumplimiento, es por lo que se ordena la ejecución forzosa de conformidad con lo establecido en el artículo 528 del Código de Procedimiento Civil y para ello se ordena librar el correspondiente MANDAMIENTO DE EJECUCION al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida (Distribuidor) . En consecuencia, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Ejecución Forzosa. En consecuencia, se ordena
a la parte demandada MARIANNE JOSEFINA SAAVEDRA GONZALEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.805.721, hacer entrega material e inmediata a la parte actora, ciudadana INES HAYDEE RAMONA PEÑA DE QUINTERO, de la Cédula de Identidad Nro. 3.037.208, el inmueble objeto de la demanda, ubicado en la calle 17, entra Avenidas 1 y 2, signado con el Nro. 1-61 el cual forma parte del inmueble signado con el Nro. 16-80, en la Parroquia Milla, Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Mérida, en el mismo se encuentra adherido un puente hidráulico con su bomba y compresor. Líbrese el correspondiente Mandamiento de ejecución y entréguese al interesado.
LA JUEZ.

DRA. FRANCINA MARIA RODULFO
LA SECRETARIA TEMPORAL:

ABG. XIOMARA CH. GOMEZ M.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA TEMP: