TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 02. Mérida, diez (10) de mayo del año dos mil diez.
200º y 151º
VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos MARIA JOSE QUINTERO MACHADO y JOSE BERNARDO RINCON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.894.156 y V-17.340.405, domiciliados la primera en la Av. Gonzalo Picon, pasaje Nro. 5, casa 4-28 y el segundo en sector Santa Juana, al final de la parada de las busetas de la Urdaneta, Mérida Estado Mérida, en su condición de padres del ciudadano niño OMITIR NOMBRE, de cuatro (04) años de edad, por ante la Defensoria de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente Ciudad de Mérida Municipio Libertador del Estado Mérida; quienes conciliaron en relación a la Fijación del Régimen de Convivencia Familiar a favor del referido niño, en el siguiente acuerdo: El niño compartirá con el padre un fin de semana intermedio, el padre retirara al niño en la residencia de la madre los días sábados a las 10:00 a.m. y devolviendo al niño a la misma dirección los días domingos a las 05:00 p.m. el niño podrá quedarse a dormir con el padre el sábado que le corresponde.-----------------------------------------------
Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al ciudadano niño OMITIR NOMBRE, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: MARIA JOSE QUINTERO MACHADO y JOSE BERNARDO RINCON, plenamente identificados en autos, en beneficio del ciudadano niño OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 23692 de Homologación Fijación de Régimen de Convivencia Familiar. CÚMPLASE.
JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 02
ABG. GLADYS YOLANDA JASPE
SECRETARIA TITULAR
ABG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
fmcs/23692.
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