TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA TEMPORAL Nº 01. Mérida, trece de Mayo del año dos mil diez.

200º y 151º

Revisado como ha sido el presente expediente y vista el acta de fecha veintinueve (29) de Mayo del año dos mil diez, inserta a los folios ciento seis (106) y ciento siete (107), levantada a los ciudadanos LUIS BELTRAN MOLINA ARIAS y MARIA TEONILA ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.486.934 y V-8.713.056, domiciliados en el Paseo La Feria, Residencias Alto Bambú, Piso 1, Apartamento Nº 1, Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador, Estado Mérida y Sector San Antonio, Calle Cristo Rey, Parroquia Jacinto Plaza, Municipio Libertador, Estado Mérida, en su orden y hábiles, en compañía de sus hijos OMITIR NOMBRE, de diez (10) y siete (07) años de edad, respectivamente, en la cual el ciudadano LUIS BELTRAN MOLINA ARIAS, manifiesta que los niños deben continuar bajo el cuidado de la madre porque ella reúne todas las condiciones para la protección de los niños, que él continúa con su obligación moral y espiritual para ayudarlos a salir adelante hasta que dios le permita vivir; así mismo, solicita que se de por terminado el presente juicio. La ciudadana MARIA TEONILA ORTEGA, manifiesta que ya las cosas cambiaron para bien de los niños, que también está de acuerdo con que termine el juicio, que tiene la custodia de sus hijos y ya no tiene problemas con LUIS BELTRAN, por eso, que luchó por una vivienda y ya tiene una vivienda digna, que ha tratado de solucionar por sí misma sus necesidades y las de sus hijos y han salido adelante. Ambos padres solicitan se de por terminado el presente procedimiento. El niño OMITIR NOMBRE, manifestó que vive con su mamá, le gusta estar con ella y que su papá lo visite, sus padres lo quieren mucho, se la llevan bien y todo está bien. La niña OMITIR NOMBRE, manifestó que le gusta estar y vivir con su mamá, la quiere mucho, la casa donde viven es muy bonita y grande, que sale a pasear con su papá. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: el cierre del presente expediente Nº 13692, DEMANDANTE: ORTEGA MARIA TEOLINA. DEMANDADO: MOLINA ARIAS BELTRAN. MOTIVO: DESACUERDO DE GUARDA. PROCEDENCIA: FISCALIA DECIMA QUINTA DEL MINISTERIO PUBLICO EDO. MERIDA. FECHA DE ENTRADA: DIA: 21, MES: FEBRERO, AÑO: 2006 y su remisión al Archivo Judicial. CÚMPLASE.

LA JUEZA TEMPORAL Nº 01


ABOG. SULAY QUINTERO QUINTERO.

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS.-


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior



LA SRIA


Fcv/13692.-