REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ TEMPORAL Nº 01. Mérida, 20 de Mayo del dos mil diez.

200º y 151º
VISTO.-: El convenimiento suscrito por los ciudadanos JOSÉ LUIS NIÑO RODRÍGUEZ y YARIANI BARREAT MONTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.890.579 y V-6.563.621, respectivamente, domiciliados el primero en Urb. Campo Claro, residencias La Montañera, Torre D, piso 1, apto. 1-1, Mérida estado Mérida y la segunda en El Campito, Residencias Aves Country Edif. Paraulata apto. 1-2-1, Mérida estado Mérida, por ante este Tribunal en fecha 17-05-2010, quienes convinieron en el caso relacionado con la REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, a favor de los adolescentes OMITIR NOMBRES, de trece (13) y quince (15) años de edad, de la siguiente manera: Los padres JOSÉ LUIS NIÑO RODRÍGUEZ y YARIANI BARREAT MONTERO, convienen en fijar un RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR ABIERTO, sin supervisión por parte del equipo multidisciplinario. En tal sentido, el padre y los hijos podrán encontrarse y compartir en el lugar que elijan de mutuo acuerdo, en un horario acorde a la edad de los mismos, que no interrumpa sus horas de descanso y sus estudios; podrá llevarlos a lugares que permitan su sano esparcimiento. Teniendo este convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los adolescentes por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes, ciudadanos: JOSÉ LUIS NIÑO RODRÍGUEZ y YARIANI BARREAT MONTERO, plenamente identificados en autos, en beneficio de los adolescentes OMITIR NOMBRES, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. ASI SE DECIDE.-
LA JUEZA TEMPORAL Nº 01

ABOG. SULAY QUINTERO QUINTERO

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

Sría.
JR/ 21895