TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA TITULAR Nº 02. Mérida, veintiocho (28) de mayo del año dos mil diez (2010).-
200º y 151º
Vista la acta levantada en este Tribunal en fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil diez (2010) inserta al folio 32, mediante la cual los ciudadanos FRANCY ANTONIETA CONTRERAS PEREIRA y JOSE ISMAEL UZCATEGUI LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.235.718 y V-12.049.763, respectivamente, convinieron en relación a la fijación de la Obligación de Manutención y Bonos a favor de su hijo el niño OMITIR NOMBRE, establecer la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (200,oo Bs) Mensuales, pagadero el ultimo día de cada mes y dos Bonos Especiales de CUATROCIENTOS BOLIVARES (400,oo Bs) cada uno, pagadero uno en el mes de Agosto y otro en el mes de Diciembre de cada año, mas lo correspondiente al bono juguete que para la fecha otorga el organismo empleador del ciudadano JOSE ISMAEL UZCATEGUI LOPEZ, dichas cantidades serán incrementadas de manera automática en un QUINCE POR CIENTO (15%) cuando se incremente el sueldo del padre obligado ciudadano JOSE ISMAEL UZCATEGUI LOPEZ, las cantidades anteriormente acordadas deberán ser descontadas directamente del sueldo que devenga el mencionado padre y serán depositadas en una cuenta en el Banco Banfoandes que la madre ciudadana FRANCY ANTONIETA CONTRERAS PEREIRA va aperturar y va entregar al Tribunal para el tramite legal correspondiente. Teniendo esta acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a al niño por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: FRANCY ANTONIETA CONTRERAS PEREIRA y JOSE ISMAEL UZCATEGUI LOPEZ, plenamente identificados en autos, en beneficio del niño OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa juzgada. ASI SE DECIDE.
LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 02
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRIA.
FJBM/21995
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