REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinticuatro de mayo de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: LP21-L-2008-000528


ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PRCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO


PARTE ACTORA: JESUS MANUEL MARQUEZ MOLINA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 5.509.673., de este domicilio y hábil.


APODERADA JUDCIAL DE LA PARTE ACTORA: FABIOLA COROMOTO SOSA SOSA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 77.221.

PARTE DEMANDADA: UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA DE LAS FUERZAS ARMADAS NUCLEO MERIDA.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MORAIMA TALIS PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 95.710.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


:

En el día hábil de hoy veinticuatro de mayo de dos mil diez, siendo las 11:03 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. AÑOS: 200º DE LA INDEPEDENCIA Y 151º DE LA FEDERACION..

LA JUEZ TITULAR,


MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO,





LA SECRETARIA,


EGLI MAIRE DUGARTE DURAN



En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.




SRIA.