REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, diecisiete (17) de mayo de dos mil diez (2010).--------------------------------------------------------------------------------------------
200º y 151º
Vista la solicitud de Separación de Cuerpos de fecha 09 de Febrero del año dos mil diez, presentada por los ciudadanos URBINA CASTELLANO BENITO SEGUNDO Y ORTIN ESPINOZA YENNY YASMIN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, entre si, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.723.381 y Nº V.-13.561.450, en su orden, respectivamente, domiciliados en el Sector El Carmen, Vía Panamericana, casa s/n, Municipio tulio Febres Cordero del Estado Mérida, asistidos por el abogado en ejercicio WOLFANG VIELMA ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 7.651.724, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 28.080, de este domicilio. La Jueza después de haber hecho a los exponentes: URBINA CASTELLANO BENITO SEGUNDO Y ORTIN ESPINOZA YENNY YASMIN, las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil y el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia y como los exponentes dicen que es su propósito Separarse de Cuerpos, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en vigencia el Régimen Familiar que se han impuesto. Conforme a la presente solicitud que riela a los folios 02 y 03, del Expediente Nº 6080, expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto, para ser entregadas a cada uno de los interesados. CÚMPLASE.--------------
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA.
URBINA CASTELLANO BENITO SEGUNDO
ORTIN ESPINOZA YENNY YASMIN
WOLFANG VIELMA ARAUJO
ABOGADO ASISTENTE
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NAYARIB MONSALVE U.
EXP. 6080