REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial del Estado Mérida
Mérida, 11 de Mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2008-000943
ASUNTO : LP01-P-2008-000943


AUTO DE EXTINCIÓN DE PENA

Por cuanto se recibió en este Juzgado en Funciones de Ejecución N° 2 de Circuito Judicial penal del Estado Mérida, Informe Conductual Final, de fecha 17-02-2010, suscrito por el Delegado de Prueba Crim. Fernando Gómez, donde informa a este Despacho que el penado JOSÉ DEL CARMEN VIELMA DÁVILA, titular de la cédula de Identidad N° 8.041.044, finalizó el régimen de presentaciones impuestas en fecha 07-08-2009 hasta el 03-02-2010, el cual cumplió con la presentación, se evidencia que la pena de dos (02) años y deis (06) meses, mas las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal impuesta al penado JOSÉ DEL CARMEN VIELMA DÁVILA, identificado en autos se extinguió en fecha 02-02-2010, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA PENA CORPORAL impuesta al penado JOSÉ DEL CARMEN VIELMA DÁVILA, de conformidad con lo previsto en el artículo 479 0rdinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal.
SEGUNDO: No se ordena el cumplimiento de las penas accesorias, de sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte de la condena, terminada ésta por resultar la misma ineficaz, conforme a la sentencia N° 135 (vinculante) del 21 de febrero de 2008, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Así se declara.
Notifíquese a los partes de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 02,


ABG. ALIDA MORELLA TORCATTI BERROTERÁN
LA SECRETARIA

ABG. LAURA NARVAEZ RIERA.
En fecha se libraron Boleta N°