REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 27 de Mayo de 2010
Años: 199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: LK01-P-2009-000065
ASUNTO: LK01-P-2009-000065
ACTUALIZACIÓN DE CÓMPUTO DE PENA
Visto escrito presentado por la abogado defensor del penado XAVIER OSCAR MORENO, Abg. Mairet Uzcategui, donde solicita computo de pena actualizado de su defendido esta juzgadora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a expedir el presente cómputo actualizado de pena, para lo cual observa:
De la revisión de las actas se constata que:
PRIMERO: el penado de autos ciudadano XAVIER OSCAR MORENO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° fue sentenciado a cumplir una pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Robo Propio. En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479, 482, 484 del Código Orgánico Procesal Penal, actualiza el cómputo de Pena impuesta, de la manera siguiente:
SEGUNDO: El Tribunal procede a realizar un cómputo actualizado de pena. A tal efecto, se observa que el ciudadano XAVIER OSCAR MORENO, (antes identificado), fue detenido en fecha 27-07-2005 permaneciendo en tal situación hasta la presente fecha 27-05-2010, lo que significa que tiene un tiempo de pena cumplida de cuatro (04) años y diez (10) meses de prisión, faltándole por cumplir un lapso de un (01) año y dos (02) meses, que terminará de cumplir el día 27 de julio de 2011 a las 12:00 de la noche.
Decisión
El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1.- actualiza el cómputo de pena; 2.- Declara que el penado XAVIER OSCAR MORENO, (ya identificado) ha cumplido hasta la presente fecha cuatro (04) años y diez (10) meses de prisión, los cuales deberán descontarse necesariamente del tiempo de pena impuesta en la Sentencia Condenatoria, que es de: SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, de conformidad con lo previsto en el Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto, al penado de autos, le falta por cumplir un remanente de pena equivalente a un (01) año y dos (02) meses, que terminará de cumplir el día 27 de julio de 2011 a las 12:00 de la noche. Y ASI SE DECIDE.
Notifíquese al representante del Ministerio Público, defensa, así como al penado quien se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de los Andes. Remítase copia certificada del presente auto a la Dirección del Centro Penitenciario de los Andes. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. Alida Morella Torcatti Berroterán.
LA SECRETARIA,
ABG, Laura Narváez Riera.
En fecha se libraron boletas N°
Y Oficios N°