REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial del Estado Mérida
Mérida, 4 de Mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2007-003681
ASUNTO : LP01-P-2007-003681
AUTO DE EXTINCIÓN DE PENA POR MUERTE DEL PENADO.

Por cuanto se recibió en este Tribunal, procedente del Registro Civil de la Parroquia Ignacio Fernández Peña, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, escrito suscrito por la ciudadana Asteria Peña Castillo, por medio del cual remiten de este Despacho copia certificada de la partida de defunción del penado José Luís Pereira Peña, cédula de Identidad N° 16.020.595, quién se encontraba procesado por ante este Tribunal por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, quién falleció en fecha 03-06-2009, en Ejido, Estado Mérida. Este Tribunal en Funciones de Ejecución N° 2, del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 103 del Código Penal, DECLARA extinguida la pena que le faltaba por cumplir al penado José Luís Pereira Peña, antes identificado, Notifíquese a las partes, CUMPLASE.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 2,
ABG. ALIDA MORELLA TORCATTI B.
LA SECRETARIA.
ABG. LAURA NARVAEZ.
• En la misma fecha se cumplió con lo ordenado con Boletas N° Y Oficio N°