REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 02
EXTENSIÓN EL VIGÍA
El Vigía, 13 de mayo de 2010
199º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2005-000065

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Por cuanto, se recibió la presente causa procedente del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, a los fines de ejecutar la decisión de fecha 6 de abril de 2010, mediante la cual se ordena la destrucción de los objetos incautados, así como confiscar un Arma de Fuego tipo Escopeta, marca Remington, calibre 20, serial 907, con un cartucho plástico color rojo sin percutar, remitiéndose al Parque Nacional específicamente a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional. (Folios 2405 al 2420).

En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, procede al EJECÚTESE DE LA SENTENCIA, en los siguientes términos:

PRIMERO: Se ordena la destrucción de las prendas de vestir que a continuación se enumeran:
1.- Un (01) pantalón tipo jean, color azul, marca DANIEL REY.
2.- Una (01) franela (franelilla), color blanco, marca OVEJITA.
3.- Una (01) correa de cuero color negro, marca SEBAGO.
4.- Un (01) par de botas de material sintético, color blanco , marca SANTA NINFA.

Dichas prendas se encuentran descritas en el Reconocimiento Legal Nº 9700-230-104 de fecha 07-02-2005, SUSCRITA POR EL FUNCIONARIO domingo parra vela, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación El Vigía, Estado Mérida; relacionada con la causa Nº G-965.231, expediente fiscal Nº 14F6-075-05.
A tal efecto, líbrese oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de la materialización de lo ordenado.

SEGUNDO: Se ordena la confiscación y destrucción de:
1.- Un arma de fuego, tipo Escopeta, marca REMGITON, calibre “20”, serial 907.
2.- Dos (02) conchas, las cuales formaban parte del cuerpo de cartuchos para armas de fuego tipo escopeta, calibre “20”.
El arma y conchas se encuentran Experticiadas en el Reconocimiento Legal Nº 9700-230-ST-106, de fecha 08/02/2005, suscrita por el funcionario Detective TSU. DOMINGO ALBERTO PARRA VELA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación El Vigía, Estado Mérida; relacionada con la causa Nº G-965.231, expediente fiscal Nº 14F6-075-05.

En tal sentido se ordena librar el correspondiente oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada (DARFA), el arma de fuego y conchas anteriormente descritas, a los fines de su destrucción, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley para el Desarme.

Se hace constar que mediante el oficio correspondiente, se insta al destinatario del mismo, informarme a este Tribunal sobre las resultas de lo ordenado, todo a los fines de proceder enviar el presente Asunto al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.


JUEZA DE EJECUCIÓN Nº 02

ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DIAZ


SECRETARIO

ABG. JOSÉ GREGORIO MANZANILLA.

En fecha se cumplió con lo ordenado, librándose Oficio N°
Conste/Srio.