REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2008-000927
ASUNTO : LP11-P-2008-000927

AUTO CÓMPUTO ACTUALIZADO

Vista la solicitud que realiza la Defensora Pública Quinta de la Unidad de la Defensa Pública del Estado Mérida para la Fase de Ejecución, Extensión El Vigía, abogado OLIVA VOLCANES ANDRADE, y la Delegado de Prueba MARÍA PALACIO de la Unidad Técnica de apoyo al Sistema Penitenciario Nº 03 de San Cristóbal Estado Táchira, relativa a que se realice cómputo actualizado del penado ANTONIO JOSÉ GONZALEZ NAVAS, conforme al artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02, Ordena elaborar Cómputo Actualizado a efecto de verificar el cumplimiento de pena del penado en mención, para lo cual se observa:De las actuaciones que conforman la causa se evidencia que el penado ANTONIO JOSÉ GONZALEZ NAVAS, fue detenido en fecha 05-04-2008, permaneciendo privado de su libertad hasta el 18-05-2010 (fecha en la cual se realiza cómputo), es decir por un lapso de: DOS (02) AÑOS, UN (01) MES y TRECE (13) DÍAS, los cuales sumados al tiempo redimido en fecha 23-09-2009 de: SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DÍAS, resulta un total de pena cumplida con redención de: DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS.Ahora bien, por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de: CINCO (05) AÑOS, TRES (03) MESES Y DOS (02) DÍAS, la cual se cumplirá el día: 20 DE AGOSTO DE 2015 AL FINALIZAR EL DÍA.Es necesario señalar que en fecha 23-11-2009 al penado de auto se le otorgó la fórmula alternativa de cumplimiento de pena correspondiente a DESTACAMENTO DE TRABAJO, debiendo pernoctar en el Centro de Pernocta de San Cristóbal del Estado Táchira.
En consecuencia, este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:PRIMERO Conforme al artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se realiza cómputo actualizado del penado ANTONIO JOSE GONZALEZ NAVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 4.531.181, natural de La Cañada, Municipio Urdaneta, Estado Zulia, nacido en fecha 14-06-1.953, de 55 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Américo González (f) y de Melida Nava (v), pernoctando en el Centro de Pernocta de San Cristóbal del Estado Táchira; resultando un total de pena cumplida con Redención de: DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de TRANSPORTE Y OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; le falta por cumplir la pena de: CINCO (05) AÑOS, TRES (03) MESES Y DOS (02) DÍAS, la cual se cumplirá el día: 20 DE AGOSTO DE 2015 AL FINALIZAR EL DÍA.SEGUNDO: Notifíquese de la presente decisión a la Fiscalía XXII del Ministerio Público, a la Defensa Pública y al Penado de autos. Así mismo, remítase con oficio copia de la presente decisión debidamente certificada a Centro de Pernocta de San Cristóbal del Estado Táchira, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 03 de San Cristóbal Estado Táchira. Cúmplase.-

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02


ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DIAZ

SECRETARIO