REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, tres de mayo de dos mil diez.

200° y 151º

No obstante que la sentencia de fecha 27 de enero de 2010, dictada por este Tribunal, no es impugnable a través del recurso de casación, se dejó transcurrir el lapso previsto al efecto por el artículo 314 del Código de Procedimiento Civil, el cual, según consta del cómputo que antecede, se encuentra vencido, y no habiéndose interpuesto tal recurso ni solicitado aclaratorias o ampliaciones de la referida decisión, se declara FIRME la misma. En consecuencia, se acuerda bajar el presente expediente al Juzgado de la causa a los fines legales consiguientes.

El Juez,


Daniel F. Monsalve Torres

El Secretario,


Will Veloza Valero

En la misma fecha se remite el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con oficio número 0177-2010, salida número 38, constante de doscientos siete (207) folios útiles.

El Secretario,


Will Veloza Valero


DFMT/rcdd