REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar.
200° y 151°
Vistos: Por cuanto este Juzgado observa que en el presente juicio contenido en el Expediente Civil N° 7542 seguido por el abogado: IVAN DARIO RIVAS GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el N° 72.278, titular de la cédula de identidad Nº 10.710.141, domiciliado en la Av. Las Américas, centro comercial Mayeya, nivel Mezzanina local I-21, del Municipio Libertador, Estado Mérida, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos MARIA CEFERINA URREA DE MORENO, MARIA EDUVINA URREA DE CHACÓN, JOSE ANDRES URREA CONTRERAS, MIGUEL ANGEL URREA CONTRERAS, JOSE AMADOR URREA CONTRERAS, ELIA SALAS URREA DE PERNIA, ISABEL TERESA URREA DE ARAQUE, HERIBERTO URREA CONTRERAS y JULIO ENRIQUE URREA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 659.073, 651.874, 918.498, 665.563, 696.060, 692.9999, 1.700249, 1.706.722 y 3.293.642, domiciliados en Tovar Estado Mérida y hábiles, por: RECTIFICACIÓN DE ACTAS DE DEFUNCION, ha transcurrido más de un año sin que ninguna de las partes haya realizado alguna actuación procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267, encabezamiento del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y extinguida la presente causa, por RECTIFICACIÓN DE ACTAS DE DEFUNCION.
Notifíquese a las partes la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, con sede en esta ciudad de Tovar, al los veinticuatro (24) días del mes de mayo de dos mil diez (2010).-
El Juez,
Abg. Ismael E. Gutiérrez R.
La Secretaria,
Abg. Sandra Contreras.
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