GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- EL VIGIA, VEINTICINCO DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.
200º y 151º
Presentado el escrito de partición por el perito designado Ing. José Enrique Fernández Vera, que obra a los (fs. 48 al 84), el Tribunal ordena verificar por Secretaría, con vista del Libro Diario, un cómputo pormenorizado de los días de despacho transcurridos desde la entrega del informe de partición, solicitada en acta de fecha 25 de enero de 2010, la cual fue presentada ante este Tribunal en fecha 06 de abril de 2010, ambas fechas inclusive, hasta la presente fecha, a los fines de dar por concluida la partición conforme al artículo 785 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,
JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA,
ABG. NORIS BONILLA VARGAS.
En cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, la suscrita Secretaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. CERTIFICA: Que según consta de los asientos del Libro Diario llevado por este Tribunal, desde el 25 de enero de 2010, fecha en la cual fue solicitado el informe de partición en el presente juicio, hasta el día 06 de abril de 2010, ambas fechas inclusive, fecha en que el partidor designado ciudadano José Enrique Fernández Vera, hizo entrega ante este Juzgado del informe de la partición, hasta el día de hoy, ambas fechas inclusive, transcurrieron por ante este Tribunal treinta y tres (33) días de despacho. Conste, en El Vigía, a los veinticinco días del mes de mayo de dos mil diez.
LA SECRETARIA
GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, VEINTICINCO DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.
200 y 151
Verificado como fue el lapso por Secretaría y por cuanto se observa; que de la revisión de las actas transcurrieron, treinta y tres (33) días siguientes a la presentación del informe de la partición, sin que las partes hayan formulado objeción alguna a la misma, en consecuencia, este Tribunal declara concluida la partición y así se decide.
EL JUEZ,
JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ
LA SECRETARIA
ABOG. NORIS BONILLA VARGAS
Rq.
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