REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, veintiocho de mayo de dos mil diez

200º y 151º

Vista la diligencia de fecha 27 de mayo de 2010 (folio 138), suscrita por la abogado en ejercicio ADELAIDA DEL CARMEN GUERRERO GUILLEN, en su condición de APODERADA JUDICIAL de la parte actora, mediante la cual señala las personas que integrarán el consejo de tutela, este Tribunal procede a efectuar el nombramiento del Consejo de Tutela, con cuatro (04) de los parientes más cercanos, mayores de edad, que gocen de un buen concepto público, con la advertencia de que el cargo de miembro de dicho Consejo es obligatorio, como también, lo es la asistencia personal a las sesiones, salvo que presenten excusas por motivos justos. La opinión del Consejo de Tutela será motivada y las funciones de sus miembros son gratuitas, cada vez que, haya de convocarse al Consejo para oírse opinión respecto a algún asunto, se notificará al Protutor el cual podrá asistir a sus sesiones, pero sin derecho a votar. En orden a lo expuesto se hace el nombramiento del Consejo de Tutela, en las siguientes personas, ciudadanos: CRUSOLIA ZERPA PUENTE, MAURA DEL CARMEN ZERPA PUENTE, MAGALY ZERPA DE GONZALEZ y CIRO APARICIO VILLAFRAZ GUILLEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-10.105.997, V-8.049.806, V-8.049.979 y V-679.511, respectivamente, los dos primeros y la cuarta domiciliados en esta ciudad de Mérida y la tercera domiciliada en Ejido del Estado Mérida y civilmente hábiles, de Protutor en la persona del ciudadano CIRO ALEXIS VILLAFRAZ ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.346.402, domiciliado en esta ciudad de Mérida y civilmente hábil, y como Suplente del Protutor, al ciudadano CARLOS MIRANDA LOPEZ, venezolano, mayor de edad,, titular de la cédula de identidad Nº V-3.809.127, domiciliado en esta ciudad de Mérida y civilmente hábil; a quienes se ordena librar boleta de notificación, para que comparezcan por ante el Despacho de este Tribunal, en el SEGUNDO (2°) DIA DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos la última de las notificaciones, a las DIEZ DE LA MAÑANA, para que manifiesten su aceptación o excusa al cargo recaído, y en el primero de los casos presten el juramento de ley. Líbrense las boletas de notificación y entréguense al Alguacil del Tribunal para que las haga efectivas.
EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TEMPORAL,


YURAIMA PEÑA


En la misma fecha se libraron las respectivas boletas de notificación y se entregaron al alguacil del Tribunal para que las haga efectivas. Conste,

LA SECRETARIA TEMPORAL,

YURAIMA PEÑA

ACZ/YP/lvpr.-