JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, cinco (05) de mayo de dos mil diez (2010).
200° y 151°
Vista la solicitud de Reconocimiento de Documento presentada por la Abogado MARIANNYS CAROLINA BARRIOS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N| v.- 15.260.938, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.558, domiciliada en esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del estado Mérida y hábil. Actuando en nombre y representación del ciudadano ALVARO LEVI ROJAS SANDIA, titular de la Cédula de Identidad N° v.-674.177, del mismo domicilio, esta operadora de justicia por notoriedad judicial advierte, que este Tribunal por decisión de fecha dieciseis (16) de abril del año en curso, profirió pronunciamiento de inadmisibilidad de la solicitud de Reconocimiento de contenido y firma de los Instrumentos privados que rielan a los folios ocho (08), nueve (09), diez (10) y sus respectivos vueltos y once (11) de las presentes actuaciones; en consecuencia se abstiene de emitir nuevo pronunciamiento y admitir la presente solicitud. Así se decide.

JUEZA TEMPORAL
AB. ADA JESSICA OQUENDO BRICEÑO


SECRETARIA
AB. SORAYA VILLAMIZAR GARCIA
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el N°1-177-10
AJOB/jhp.- SRIA.






LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CERTIFICA: Que la anterior copia es fiel y exacta de su original, que se encuentra en la solicitud N° 1177-10 SOLICITANTE: ABG. MARIANNYS CAROLINA BARRIOS GONZALEZ. MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA. Certificación que expido en la ciudad de El Vigía, a los cinco días (10) días del mes de mayo de dos mil diez (2010).



SECRETARIA
AB. SORAYA VILLAMIZAR GARCIA