REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, SANTA CRUZ DE MORA, VEINTIOCHO DE MAYO DE DOS MIL DIEZ.
200° Y 151°
Vista la Solicitud que da inicio a las presentes actuaciones; relacionada con declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana: CARMEN ASTRID HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.087.769 y con domicilio en jurisdicción del Municipio Antonio Pinto Salinas, en su condición de Hija, de la ciudadana: ELIANA HERNANDEZ PERNIA (fallecida). El Tribunal a los fines de resolver hace las siguientes consideraciones: Consta en autos: Acta de Defunción de la ciudadana: ELIANA HERNANDEZ DE PERNIA, de fecha 23 de Febrero de 2010 inserta ante el Registro Civil Principal del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, bajo el Nº 08, que corre inserta al folio Dos (2) de las presentes actuaciones; Actas de Nacimiento de los ciudadanos: CARMEN ASTRID HERNANDEZ, YUREIMA DEL VALLE PERNIA HERNANDEZ, JOSE ROBERTO PERNIA HERNANDEZ, JESUS JAVIER PERNIA HERNANDEZ, LILIANA PERNIA HERNANDEZ, NIXON EDUARDO PERNIA HERNANDEZ, inserta en los folios (3,4,5,6,7 y 8) de las presentes actuaciones; así como el justificativo de testigos, promovido y evacuado por ante este Tribunal, en fecha 21 de Mayo de 2010 y cumplidas como han sido las formalidades de ley al respecto, ESTE JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO AD-PERPETUAM MEMORIA, para asegurarle a los ciudadanos: CARMEN ASTRID HERNANDEZ, YUREIMA DEL VALLE PERNIA HERNANDEZ, JOSE ROBERTO PERNIA HERNANDEZ, JESUS JAVIER PERNIA HERNANDEZ, LILIANA PERNIA HERNANDEZ, NIXON EDUARDO PERNIA HERNANDEZ, venezolanos, , titulares de las cédulas de identidad Números V-8.087.769, V-8.705.528, V-10.896.238, V-10.897.627, V-10.899.812 y V-14.131.127 respectivamente, en su condición de Hijos, y con domicilio en la población de Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, que son los “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de la causante ELIANA HERNANDEZ DE PERNIA, quien era, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.295.200, quien estuvo domiciliada en esta Población de Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, y que falleció Ab-intestato el día 06 de Febrero de 2010 en el Sector Puerto Rico Jurisdicción del Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, según acta de defunción la cual corren agregadas al folio Dos (02) de la presente solicitud. Quedan a salvo los derechos de terceras personas, déjese constancia de lo actuado en el libro diario de este Juzgado y copia fotostática simple del mismo en el archivo de este Tribunal, entréguese original a los interesados. Déjese transcurrir, el lapso legal de apelación de conformidad con el artículo 896 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA TITULAR
ABG. ENID DEL VALLE RAMÍREZ
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. FREIDA GUTIERREZ MARQUEZ.
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