REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintitrés (23) de noviembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: LP21-S-2010-000030
PARTE OFERENTE: Sociedad Mercantil Desarrollo Altos de Santa María C.A, representada por los ciudadanos Franklin Hildemaro Cabezas Picon, y Pablo Antonio Rafael Zozzaro Orlachio, titulares de las cédulas de identidad N° 3.766.392 y 3.995.352, respectivamente, actuando con el carácter de Presidente y Gerente General de la oferente.
PARTE OFERIDA: FRANCISCO GREGORIO UZCATEGUI RODRIGUEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 9.393.445.
MOTIVO: Oferta Real de Pago.
Visto que la parte oferente Sociedad Mercantil DESARROLLO ALTOS DE SANTA MARÍA C.A, representada por los ciudadanos Franklin Hildemaro Cabezas Picon, y Pablo Antonio Rafael Zozzaro Orlachio, titulares de las cédulas de identidad N° 3.766.392 y 3.995.352, respectivamente, actuando con el carácter de Presidente y Gerente General de la oferente, no corrigió el escrito de oferta real de pago interpuesto por él, dentro del lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación del Despacho Saneador y de conformidad con el Articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN del presente proceso. Y dada la naturaleza del presente fallo se acuerda la entrega del cheque a la parte oferente previa solicitud de parte el cual reposa bajo la guarda y custodia de la Oficina de Control de Consignaciones. Y así se decide. Publíquese la presente decisión. No hay condenatoria en costas.
LA JUEZA.
ABG. MARÍA CAROLINA SÁNCHEZ QUINTERO.
LA SECRETARIA.
ABG. YURAHI GUTIERREZ.
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