REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación.
Mérida, quince (15) de noviembre de Dos Mil Diez.

200º y 151 º
Expediente Nro. 22210
En horas de despacho del día de hoy, lunes (15) de noviembre del dos mil diez, comparecieron por ante este Tribunal voluntariamente los ciudadanos DAYANA ISABEL RUIZ RAMIREZ y DEYMAR JAVIER MONCADA ALBARRACIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 17.321.910 y V-22.928.693, quienes concurren a este Tribunal a los fines de sostener reunión con la ciudadana juez a los fines de dejar si efecto lo acordado por las partes en fecha 03 de diciembre del 2009, a los fines de aumentar la obligación de manutención en los siguientes términos: la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00) mensuales. Con respecto a los bonos especiales fijan la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) tanto para el bono escolar como para el bono navideño; teniendo estas cantidades un aumento del 15% anual, las cuales serán depositadas en una cuenta corriente a nombre de la señora DAYANA ISABEL RUIZ RAMIREZ. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos DAYANA ISABEL RUIZ RAMIREZ y DEYMAR JAVIER MONCADA ALBARRACIN, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños de autos. Se deja constancia de la presencia del Fiscal del Ministerio Público. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Es todo, termino se leyó y estando conformes firman.

La Jueza
Dra. Consuelo Toro Dávila

Comparecientes: