REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN
FUNCIONES DE CONTROL Nº 01
El Vigía, 22 de Noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2010-002890
ASUNTO : LP11-P-2010-002890

AUTO ACORDANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO

Recibida como fue la presente solicitud, procedente de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, se le dio entrada y el curso de ley; en la cual el ABG. EGLE TORRES, en su condición de Fiscal del Ministerio Público, solicita autorización para practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO en la siguiente dirección: CALLE 04 DEL CENTRO DE ESTA CIUDAD, CASA Nº 13-13, FRENTE ELABORADO CON PAREDES DE BLOQUES FRISADAS Y REVESTIDAS CON PINTURAS DE COLOR VERDE, REJAS DE COLOR BLANCO, VIVIENDA DE UN SOLO NIVEL, UBICADA FRENTE A LA DISTRIBUIDORA GEOMAR Y AL LADO DEL CENTRO DE CAPACITACION ARTES Y OFICIOS, MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI DEL ESTADO MERIDA, donde habita o reside en calidad de propietario el ciudadano de nombres: JUAN y LUIS; por cuanto en esa residencia poseen Armas de Fuego, es por lo que el fin de esta orden de allanamiento es UBICAR E INCAUTAR, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, que guardan relación con la averiguación penal 14-F70971-10, allanamiento éste a practicará por una comisión de Funcionarios, al mando del Inspector Jefe José Luzardo, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación El Vigía, en consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EXPEDIR DICHA ORDEN DE ALLANAMIENTO. Expídase la misma por duplicado a los fines de que una copia sea entregada a quien reside en el lugar o se encuentre en él y de este modo sea notificado, con la advertencia de que los funcionarios actuantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los artículos antes mencionados y que dicha orden caduca a los TRES (03) DIAS contados a partir de la presente fecha (22-11-10). Así mismo, devuélvase la presente solicitud al Fiscal solicitante junto con oficio, por cuanto el Tribunal no tiene más actuaciones que practicar, toda vez que el presente asunto se encuentra en etapa investigativa. Provéase lo conducente. Cúmplase.

JUEZ DE CONTROL Nº 01

ABG. RAUL EDUARDO USECHE PERNIA

LA SECRETARIA JUDICIAL

RICO PEÑA FLOR AMANDA
En la misma fecha se remitió orden de allanamiento, anexa a oficio N° _____/10y se remitió la solicitud a la Fiscalía del Ministerio Público anexa al oficio N° _____/10
Conste/Sria

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, AVENIDA 15, DIAGONAL A LA PANADERÍA EL TRIGAL, ANTIGUO TERMINAL DE PASAJEROS, EL VIGÍA ESTADO MÉRIDA .Tlf. 8818390