PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 29 de Noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2010-003040

Corresponde a este Tribunal de Control N° 4, fundamentar mediante resolución los pronunciamientos emitidos en Audiencia del día de hoy, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 4 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide en los siguientes términos:

-I-
DE LA IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO.

JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ, dijo ser venezolano, natural de El Pino, Estado Zulia, desconoce su fecha de nacimiento y nunca ha tramitado su cédula de identidad, hijo de Eloina Rodríguez (v) y desconoce el nombre de su padre, analfabeta, vendedor de frutas en la Plaza El Tamarindo de El Vigía, Estado Mérida.

-II-
DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR

Por cuanto fueron realizadas las experticias de rigor, específicamente la Experticia Toxicológica in vivo y constatado que el referido imputado es consumidor de sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, a solicitud del Ministerio Público, debe seguirse en consecuencia el Procedimiento previsto en el Artículo 141 y siguientes de la Ley Orgánica de Drogas, esto es, el “Procedimiento por Consumo”, a tal efecto, conforme a lo solicitado por el Ministerio Público, se impone al imputado JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ, la obligación de presentarse en la FUNDACIÓN FUNDADER, CAMINO DE RESCATE, con sede en El Paraíso, Sector Ali Primera, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, a cargo del Director Alirio Maurera, TELF. 8810468/ 0414-9756216, para lo cual se acuerda librar el respectivo oficio. Así mismo se acuerda la Experticia Psiquiatrita solicitada, para lo cual se ordena librar el respectivo oficio al Jefe de la Medicatura de la ciudad de Mérida. Se acuerda la inmediata libertad, para lo cual se ordena librar la respectiva boleta de libertad.

DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: Conforme a lo solicitado por el Ministerio Público se acuerda el Procedimiento previsto en el Artículo 141 y siguientes de la Ley Orgánica de Drogas, esto es, el “Procedimiento por Consumo”, a tal efecto, se impone al imputado JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ, antes identificado, la obligación de presentarse en la FUNDACIÓN FUNDADER, CAMINO DE RESCATE, con sede en El Paraíso, Sector Ali Primera, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, a cargo del Director Alirio Maurera, TELF. 8810468/ 0414-9756216, a los fines de su rehabilitación. Se acuerda la práctica del Examen Médico Psiquiátrico. Se acuerda la inmediata libertad, para lo cual se ordena librar la respectiva boleta de libertad. Líbrese los Oficios respectivos. Remítase en su oportunidad la presente causa a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público. Las partes quedaron debidamente notificadas de presente decisión.
EL JUEZ DE CONTROL N° 4

ABG. CARLOS ALBERTO QUINTERO RIVAS
SECRETARIA